Desde el pasado 1 de junio ha entrado en vigor el Real Decreto por el que se regulan las certificaciones de eficiencia energética de edificios. Estas certificaciones serán obligatorias para todos los pisos y locales que se vendan o alquilen a partir de ahora, es decir, no serán necesarias para las viviendas que ya están alquiladas. Actualmente el consumidor alberga dudas sobre la forma de obtener dichas certificaciones.
Las competencias sobre los registros de estos certificados están transferidas a las Comunidades Autónomas, quedando a criterio de cada una de éstas la imposición de tasas para obtener el certificado así como otras disposiciones relativas a su procedimiento administrativo como el registro, sanciones, etc.
En cuanto a los costes de momento tenemos conocimiento de que las tasas actuales -establecidas por comunidades- varían desde los 20-25€ en la Comunidad Valenciana, los 4,78€ de Baleares, los 3€ de Castilla-La Mancha, alrededor de los 12€ en Galicia hasta aquellas que sabemos que por ahora serán gratuitas como Madrid, Canarias, Navarra, Cantabria, Asturias, La Rioja o País Vasco. Sobre el resto de comunidades aún no se sabe nada al respecto.
Igualmente se empiezan a vislumbrar precios sobre la tasación que emitirán los profesionales que se contraten. Se calcula que estos certificados oscilarán entre los 150-200€ para los pisos y los 300€ para las viviendas unifamiliares. En cualquier caso lo más aconsejable es pedir presupuesto a diferentes profesionales para valorar los diferentes precios.
A lo que hay que estar muy pendiente es a las sanciones puesto que el Real Decreto establece que cualquier propietario debe contar con el certificado energético a la hora de vender o alquiler un inmueble. Estas sanciones oscilarán entre los 300 y 600 euros para las infracciones más leves como publicar los inmuebles sin calificación, los 601-1.000 euros para las graves como no presentar el certificado o las muy graves, sancionadas con hasta 6.000 euros para casos de falseo de información.